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Consejo Estatal para la Cultura y las Artes - CECA

Reglamento de la Ley de Mecenazgo Cultural del Estado de Jalisco

El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos, requisitos y trámites para acceder a los beneficios previstos en la Ley de Mecenazgo Cultural del Estado de Jalisco, a efecto de contribuir con la promoción, fomento y difusión de las manifestaciones culturales y artísticas que incidan en la comunidad jalisciense.

Tipo del Documento: 
REGLAMENTO

Convocatoria CECA 2014

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 fracción IV, 24, 25 fracción I, 26 fracciones III y IV y 27 de la Ley de Fomento a la Cultura del Estado de Jalisco, así como60, 61 y 62 de su Reglamento
 
EL CONSEJO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES
 
C O N V O C A
 
A los artistas, promotores culturales y organismos no gubernamentales residentes en el Estado de Jalisco a participar en el Programa de Estímulos Económicos 2014 del Fondo Estatal para la Cultura y las Artes (FECA).
 
I.              DISCIPLINAS ARTÍSTICAS Y CULTURALES PARTICIPANTES
 
1.      Se otorgarán apoyos económicos en modalidad de becas para las siguientes disciplinas artísticas o culturales:
 
a.    Artesanías.
b.    Artes plásticas.
c.    Arte público efímero.
d.    Cine y video.
e.    Cultura indígena.
f.     Cultura popular.
g.    Danza.
h.    Letras.
i.      Música.
j.      Teatro.

Fecha inicio: 
Viernes, Agosto 1, 2014

Acuerdo del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado que crea el Consejo Estatal de la Cultura y las Artes

Se crea el Consejo Estatal de la Cultura y las Artes, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación y Cultura, que ejercerá las atribuciones que en materia de promoción y difusión de la cultura y las artes corresponden a la propia Secretaría. Algunas de sus atribuciones serán: Promover y difundir la cultura y las artes. Ejercer las atribuciones que corresponden a la Secretaría de Educación y Cultura en materia de promoción y difusión de la cultura y las artes. Coordinar las acciones de las entidades de la administración pública estatal que desempeñan funciones en las materias señaladas en la fracción anterior, con excepción de la Universidad de Guadalajara... entre otras. Contiene ocho acuerdos en total.

Tipo del Documento: 
ACUERDO

Ley Federal del Derecho de Autor

La presente Ley, reglamentaria del artículo 28 constitucional, tiene por objeto la salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación; protección de los derechos de los autores, de los artistas intérpretes o ejecutantes, así como de los editores, de los productores y de los organismos de radiodifusión, en relación con sus obras literarias o artísticas en todas sus manifestaciones, sus interpretaciones o ejecuciones, sus ediciones, sus fonogramas o videogramas, sus emisiones, así como de los otros derechos de propiedad intelectual. Consta de 238 Artículos más Transitorios. Última reforma publicada DOF 15-06-2018

Tipo del Documento: 
LEY FEDERAL

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios

Esta ley es de orden e interés público, y reglamentaria de los artículos 6º y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo relativo a datos personales en posesión de entes públicos, así como 4° párrafo tercero, 9° y 15 fracción IX de la Constitución Política del Estado de Jalisco. La información materia de este ordenamiento es un bien del dominio público en poder del Estado, cuya titularidad reside en la sociedad, misma que tendrá en todo momento la facultad de disponer de ella para los fines que considere. El derecho de acceso a la información pública se interpretará conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, y demás instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y la interpretación que de los mismos hayan realizado los órganos internacionales especializados; así como lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de Jalisco.Esta ley es de orden e interés público, y reglamentaria de los artículos 6º y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo relativo a datos personales en posesión de entes públicos, así como 4° párrafo tercero, 9° y 15 fracción IX de la Constitución Política del Estado de Jalisco. El derecho de acceso a la información pública se interpretará conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...Consta de 100 artículos, más transitorios.

Tipo del Documento: 
LEY

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