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Reglamento de Estudios de Opinión, Encuestas o Sondeos Sobre la Intención del Voto de los Ciudadanos

El Instituto Electoral del Estado es un organismo público de carácter permanente, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. Que en los términos de lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley Electoral del Estado de Jalisco, el Instituto Electoral del Estado tiene como objetivos: a) Ejercer la función estatal; b) Vigilar, en el ámbito electoral, el cumplimiento de la Constitución Política local, de la Ley Electoral del Estado de Jalisco y demás ordenamientos; c) Preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales de plebiscito y referéndum en el Estado de Jalisco; y d) Promover una cultura política sustentada en la tolerancia, la democracia, la identidad nacional y el pluralismo. Este Reglamento consta de 12 artículos, más uno transitorio.
Expedición: 
Jueves, Julio 28, 2005
Vigencia: 
Miércoles, Agosto 3, 2005
Publicación: 
Martes, Agosto 2, 2005
Tipo del Documento: 
REGLAMENTO
Número de páginas: 
4
Autor: josefina.garcia - Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalsco - IEPC
Fecha de actualización: 16/05/2014 - 16:44:29