Se crea el Consejo Estatal de Salud como un órgano consultivo de coordinación y asesoría del Gobierno del Estado, que tiene por objeto planear, programar acciones y evaluar los servicios de salud que se brindan en el Estado de Jalisco.
La organización, atribuciones y funcionamiento del Consejo Estatal de Salud se sujetará a lo
establecido en el presente Acuerdo y al Reglamento Interno que al efecto se expida.