Se crea el Instituto Tecnológico Superior de Lagos de Moreno como un Organismo Público
Descentralizado del Ejecutivo del Gobierno del Estado de Jalisco, dotado de personalidad jurídica y
patrimonio propio.
El Instituto tendrá por objeto:
I. Impartir educación superior tecnológica a nivel licenciatura, maestría y doctorado, así como cursos de
actualización, especialización y superación académica en sus modalidades escolar y extraescolar; como
también diplomados;
II. Desarrollar e impulsar la investigación científica y tecnológica;
III. Formular y modificar, en su caso, sus planes y programas de estudio de investigación y de extensión;
IV. Prestar servicios de asesoría, elaboración de proyectos, desarrollo de prototipos y capacitación
técnica a los sectores público, social y privado que lo soliciten;
V. Desarrollar y promover actividades culturales y deportivas;
VI. Patrocinar y organizar congresos, asambleas, reuniones, concursos y otros eventos de carácter
académico, cultural y deportivo;
VII. Promover y editar obras que contribuyan al quehacer educativo y a la difusión de la cultura y del
conocimiento científico y tecnológico; y
VIII. Capacitar y procurar la superación de su personal docente, técnico y administrativo. Esta Ley contiene 34 artículos, más transitorios.