El presente Reglamento es de orden e interés social y de observancia general en el
Estado en los términos establecidos en la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco y este
ordenamiento, y tiene por objeto regular la forma y el destino de las aportaciones para la vivienda
que realiza el Gobierno del Estado a la Dirección de Pensiones del Estado. El presente Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.