El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento mediante el cual los
notarios públicos podrán remitir al Archivo de Instrumentos Públicos y a la Procuraduría Social,
según corresponda, los duplicados y avisos notariales que establece la Ley del Notariado del
Estado de Jalisco. El presente Reglamento cuenta con 15 artículos, más transitorios.