El objeto del presente ordenamiento es reglamentar la estructura y funcionamiento del
Organismo Coordinador, de la Operación Integral del Servicio de Transporte Público del Estado,
como una entidad pública descentralizada del Poder Ejecutivo del Estado, con personalidad
jurídica y patrimonio propio; cuyo objeto primordial es promover el desarrollo y ejecución de
acciones en la operación, supervisión y control del servicio de transporte público sirviendo de
agente de transformación y obtención de resultados, siendo el responsable del desarrollo de los
sistemas de transporte así como de sus partes integrantes. Consta de 32 artículos, más uno transitorio.