El Instituto Electoral del Estado es un organismo público de carácter permanente, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que en los términos de lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley Electoral del Estado de Jalisco, el
Instituto Electoral del Estado tiene como objetivos:
a) Ejercer la función estatal;
b) Vigilar, en el ámbito electoral, el cumplimiento de la Constitución Política local, de la Ley Electoral del
Estado de Jalisco y demás ordenamientos;
c) Preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales de plebiscito y referéndum en el Estado de
Jalisco; y
d) Promover una cultura política sustentada en la tolerancia, la democracia, la identidad nacional y el
pluralismo. Este Reglamento consta de 12 artículos, más uno transitorio.