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Convocatoria para el otorgamiento del premio "Maestro Manuel López Cotilla" a los maestros que se distingan por su labor docente durante 30 años de servicio, en la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO
 
CONVOCATORIA
  
CONVOCATORIA PARA  EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO "MAESTRO MANUEL LÓPEZ COTILLA" A LOS MAESTROS QUE SE DISTINGAN POR SU LABOR DOCENTE DURANTE 30 AÑOS DE SERVICIO, EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO.
La Secretaría de Educación del Estado de Jalisco, con el objeto de reconocer el desempeño eficiente de los trabajadores, factor determinante en el cumplimiento de los Programas Sustantivos del Sector Educativo, puesto de manifiesto en la prestación continuada y responsable de los servicios a su cargo.
  
C  O  N  V  O  C  A
 
A todo el personal docente que presta sus servicios en el Subsistema Estatal, que satisfaga los requisitos para ser considerado a obtener el premio "MAESTRO MANUEL LÓPEZ COTILLA" correspondiente al año 2012, conforme a las siguientes:
 
B  A  S  E  S
DE LOS PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS
 
PRIMERA.- El premio "Maestro Manuel López Cotilla", es un reconocimiento que hace la Secretaría de Educación, a la labor de los maestros que con categoría y funciones docentes  o Técnico Pedagógicas, hayan prestado 30 años de servicio efectivo en el Subsistema Estatal.
Para efecto de este premio, no se tomarán en cuenta los servicios prestados en: escuelas municipales, escuelas particulares incorporadas, universidades o instituciones autónomas
SEGUNDA.- El PREMIO "MAESTRO MANUEL LÓPEZ COTILLA" consiste en medalla de plata, recompensa económica de $38,360.10 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS 10/100 M.N.) y diploma de reconocimiento.
 
DE LAS SOLICITUDES
 
TERCERA.- La Secretaría  de Educación recibirá las solicitudes, en el período comprendido a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta el 13 de enero de 2012, fecha improrrogable y aquellas solicitudes no entregadas  en tiempo, se tendrán por no presentadas.
En todos los casos se deberá utilizar el formato de solicitud establecido, mismo que será proporcionado por la Autoridad Educativa.
 
CUARTA.- Los trámites correspondientes para ser considerado como candidato a recibir el premio estipulado en la presente convocatoria, deberán presentarse en el Departamento de Registros y Controles ubicado en Av. Prolongación Alcalde No. 1855 – 7° piso, Guadalajara, Jalisco o en el Departamento de Estímulos dependiente de la Dirección General de Personal, presentando la siguiente documentación:

  • Cuatro fotografías tamaño infantil.
  • Fotocopia del último talón de cheque o cheques cobrados en quincena normal, a excepción del personal jubilado
  • Fotocopia de la curp
  • Fotocopia de identificación Oficial vigente con fotografía
  • Fotocopia de comprobante de domicilio
  • El personal que realiza o haya realizado funciones Técnico- Pedagógicas deberá anexar constancia expedida por el nivel Educativo correspondiente donde se especifique en que consisten las mismas.
  • El personal jubilado deberá anexar copias fotostáticas de los documentos que acrediten la conclusión del trámite de jubilación.

 
QUINTA.- Solo se dará trámite a las solicitudes que se presenten debidamente firmadas por los interesados y que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
SEXTA.- En caso de ser rechazado el trámite, el interesado podrá acudir hasta el día 13 de enero de 2012 al Departamento de Registros y Controles o al Departamento de Estímulos, dependiente de la Dirección General de Personal, para solicitar la revisión de su caso.
 
DE LOS ESTUDIOS
 
SÉPTIMA.- Los trabajadores que ostenten plaza docente y simultáneamente plaza de apoyo y asistencia a la educación, podrán obtener por separado los reconocimientos correspondientes, cuando cumplan el tiempo de servicio en cada una de ellas.
No es permisible sumar antigüedades en el desempeño de funciones docentes, con las acumuladas en el desempeño de actividades de apoyo y asistencia a la educación o viceversa.
Cuando se presten servicios docentes simultáneamente en más de una plaza, no podrán sumarse como si se tratase de períodos distintos.
Las categorías: E0197, E0198, E0331, E0347, E0353, E0355, E0643, E0767, E1055, E2411, E2335, E2413, E2515, E2601, E2603, E2605, E2607, E2609, E2611, E2613, E2615, E2617, E2801, E2803 y  E8063, son consideraras como Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, para los efectos de esta convocatoria.
OCTAVA.- Se entenderá por años efectivos de servicio el tiempo real laborado, descontando los períodos de licencia sin goce de sueldo.
 
NOVENA.- La antigüedad señalada por esta convocatoria, deberá ser por años de servicio efectivo cumplidos, y se computarán hasta el 15 de mayo del 2012.
 
DÉCIMA.- Podrán tramitar el premio “MAESTRO MANUEL LÓPEZ COTILLA”, los maestros que se encuentren activos y que tengan 30 o más años efectivos de servicio docente  al 15 de mayo de 2012 incluyendo a los que estuvieran en periodo de prejubilación.
Los maestros jubilados que cubran todos los requisitos establecidos en la presente Convocatoria y acrediten 30 años efectivos de servicio docente en el Subsistema Estatal podrán solicitar este premio, considerando a los maestros que hayan obtenido su jubilación definitiva ante la Dirección de Pensiones del Estado a los 29 años 6 meses 1 día y en el caso de las maestras a los 27 años 6 meses 1 día.
DISPOSICIONES GENERALES
 
DÉCIMA PRIMERA.- Será requisito indispensable para la obtención del premio objeto de la presente convocatoria, no haberlo recibido con anterioridad.
 
DÉCIMA SEGUNDA.- El Departamento de Registros y Controles deberá entregar los trámites de acreedores a premios, estímulos y recompensas, en el Departamento de Estímulos dependiente de la Dirección General de Personal, en la fecha que se determine.
 
DÉCIMA TERCERA.- El derecho a recibir el premio solicitado y autorizado conforme a la presente convocatoria prescribirá al término de un año, contado a partir del 16 de mayo del 2012.
 
DÉCIMA CUARTA.- Si fallece la persona a cuyo favor se esté tramitando el premio "Maestro Manuel López Cotilla" que se autorice procedente, la entrega se hará a quien sea designado beneficiario legal del trabajador fallecido, por el Tribunal de Arbitraje y Escalafón.
 
DÉCIMA QUINTA.- Serán responsables el funcionario o funcionarios que violando las disposiciones contempladas en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles:

  • Autorice o valide de manera indebida como procedente, el trámite para otorgar premios, estímulos y recompensas.
  • Proporcione datos falsos para obtener premios, estímulos y recompensas indebidamente.
  • Entregue constancias para tramitar el otorgamiento de premios, estímulos y recompensas, consignando datos falsos.
  • Utilice para efectos del trámite, constancias con datos falsos a sabiendas de ello.
  • Extravíe o haga mal uso de fondos o valores designados al otorgamiento de premios, estímulos y recompensas.
  • Proceda con negligencia culpable, en la realización de un trámite para el otorgamiento de premios, estímulos y recompensas.
  • Realice trámites para la obtención del premio, fuera de los períodos establecidos.

 
DÉCIMA SEXTA.- Para las interpretaciones o aclaraciones respecto del contenido de las presentes bases, se estará a lo dispuesto por la Dirección General de Personal de la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco.

Fecha inicio: 
Lunes, Septiembre 12, 2011
Fecha de finalización: 
Jueves, Enero 12, 2012
Temas: 
Educación Especial
Educación Inicial
Educación Media Superior
Educación Normal
Educación Preescolar
Educación Primaria
Educación Secundaria
Educación Superior
Educación Tecnológica
Educación Telesecundaria
Email para dudas: 

Documentos anexos

  • convocatoria_para_el_premio_maestro_manuel_lopez_cotilla_2012_-_informador.pdf
    convocatoria_para_el_premio_maestro_manuel_lopez_cotilla_2012_-_informador.pdf (application/pdf) (486.08kB)
Autor: sej - Secretaría de Educación
Fecha de actualización: 30/09/2013 - 21:51:55