Los objetivos principales del Sistema Municipal serán: I. Asegurar la atención permanente a la población marginada. II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad. III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez. V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes, entre otros. El presente Decreto cuenta con 15 artículos.
Los objetivos principales del Sistema Municipal serán: I. Asegurar la atención permanente a la población marginada. II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad. III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez. V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes, entre otros. El presente Decreto cuenta con 15 artículos.
Los objetivos principales del Sistema Municipal serán: I. Asegurar la atención permanente a la población marginada. II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad. III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez. V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes, entre otros. El presente Decreto cuenta con 15 artículos.
Los objetivos principales del Sistema Municipal serán:
I. Asegurar la atención permanente a la población marginada.
II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de
la comunidad.
III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento
físico y mental de la niñez.
V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva
dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres
gestantes, entre otros.
El presente Decreto cuenta con 15 artículos.
Horario de Atención:
Lunes a viernes de 8:00 am - 8:00 pm
Teléfono(s):
33 3030 3800 Ext 817 y 818
Establece modelos de atención que sean aplicables en los centros de atención infantil, a través de la capacitación, asesoría y supervisión al personal operativo, aunado a la certificación en la norma técnica, con la finalidad de contar con el personal capacitado para la atención de los menores donde favorezcan los derechos y valores de los niños en el Estado.
Tipo de beneficio obtenido:
Servicios - Consultoría/Asesoría,
Servicios - Capacitación,
Servicios - Promoción y Difusión,
Servicios - Regulación y Vigilancia,
Servicios - Trámite
Se forman grupos comunitarios donde se realizan actividades formativas y educativas para los adultos mayores en base a un modelo educativo establecido, esto favorece a la integración social del adulto mayor.
Tipo de beneficio obtenido:
Servicios - Consultoría/Asesoría,
Servicios - Capacitación,
Servicios - Atención Directa
Asesoramiento, capacitación para proyectos productivos, así como para la construcción de los mismos, programa focalizado para familias de alta y muy alta marginación.
Tipo de beneficio obtenido:
Servicios - Atención Directa,
Apoyos - En Especie
Es el programa que se ejerce entre custodia y adopciones esto significa que se encarga de establecer cuando se le retira la custodia o patria potestad del menor a las familias o a las personas que ejercen rechazo, abandono y/o maltrato y que no se encuentran en condiciones de llevar a cabo la crianza del menor, una vez que se le retira ese derecho, el Consejo Estatal se hace responsable brindandole la atención y apoyo que se requiera, ya sea un lugar donde vivir, darle atención médica.
Tipo de beneficio obtenido:
Servicios - Consultoría/Asesoría
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