Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad
La presente Ley tiene por objeto: Promover y garantizar el pleno disfrute de los
derechos de las personas con discapacidad, para favorecer su desarrollo integral y su plena inclusión al medio social que los rodea; Promover las condiciones para eliminar todo tipo de discriminación hacia las personas con discapacidad, establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación;
III. Establecer los mecanismos y acciones para que los servicios de salud, educación, asistenciales
y de desarrollo social, públicos y privados, den respuesta a las necesidades específicas de las
personas con discapacidad;
IV. Establecer normas y mecanismos para la prevención de las discapacidades;
V. Determinar la participación y regular el funcionamiento y responsabilidades de las Instancias
Gubernamentales responsables de la aplicación de la presente ley;
VI. Promover la participación de las Organizaciones para que colaboren en el alcance de los
objetivos de la presente Ley y establecer los mecanismos de apoyo a sus acciones; y
VII. Crear y establecer las bases para el funcionamiento del Consejo Estatal para la Atención e
Inclusión de Personas con Discapacidad. Esta Ley cuenta con 78 artículos más transitorios.
Vigencia:
Viernes, Enero 1, 2010
Publicación:
Jueves, Diciembre 31, 2009
Tipo del Documento:
LEY
Número de páginas:
21
Dependencia / Organismo:
Archivo adjunto:
Autor: josefina.garcia - Sistema para el desarrollo Integral de la Familia - DIF
Fecha de actualización: 13/05/2014 - 19:28:13