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Estructura
Juan Gerardo Ruiz Delgado
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Director General de Desarrollo Rural
Juan Gerardo Ruiz Delgado
Director General de Desarrollo Rural
http://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/organigrama/fotos/juan_gerardo_200x200.png
Dirección:
Av. Hidalgo 1435, Piso 5, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono:
30-30-06-00 Ext. 56500
Correo electrónico:
gerardo.ruiz@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 39. La Dirección General de Desarrollo Rural tendrá las siguientes atribuciones: I. Proponer las políticas de desarrollo rural, así como estructurar, diseñar y proponer nuevos programas estatales; II. Coordinar el diseño y operación de las estrategias de organización, capacitación y desarrollo de acuerdo a las necesidades específicas de los diferentes programas que se asignen a la Dirección General o sus unidades administrativas para el desarrollo rural del Estado; III. Dar seguimiento a las políticas de desarrollo rural, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría; IV. Fomentar en los productores, las políticas, acciones y programas en materia organizacional, normativa y de desarrollo empresarial; V. Promover la vinculación entre las instituciones federales, estatales, municipales y del sector privado en relación con las actividades del ámbito rural; VI. Supervisar la correcta aplicación de los apoyos otorgados a través de los programas que se asignen a la dirección; y VII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia. Artículo 40. La Dirección General de Desarrollo Rural contará con las siguientes unidades administrativas: I. Dirección de Área de Regiones Prioritarias; y II. Dirección de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 39. La Dirección General de Desarrollo Rural tendrá las siguientes atribuciones: I. Proponer las políticas de desarrollo rural, así como estructurar, diseñar y proponer nuevos programas estatales; II. Coordinar el diseño y operación de las estrategias de organización, capacitación y desarrollo de acuerdo a las necesidades específicas de los diferentes programas que se asignen a la Dirección General o sus unidades administrativas para el desarrollo rural del Estado; III. Dar seguimiento a las políticas de desarrollo rural, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría; IV. Fomentar en los productores, las políticas, acciones y programas en materia organizacional, normativa y de desarrollo empresarial; V. Promover la vinculación entre las instituciones federales, estatales, municipales y del sector privado en relación con las actividades del ámbito rural; VI. Supervisar la correcta aplicación de los apoyos otorgados a través de los programas que se asignen a la dirección; y VII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia. Artículo 40. La Dirección General de Desarrollo Rural contará con las siguientes unidades administrativas: I. Dirección de Área de Regiones Prioritarias; y II. Dirección de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural.
Humberto Nocedhal Aguilar
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Director de Área de Regiones Prioritarias
Humberto Nocedhal Aguilar
Director de Área de Regiones Prioritarias
http://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/organigrama/fotos/directores_generales-10_0.jpg
Dirección:
Av. Hidalgo 1435, Piso 5, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono:
30-30-06-00 Ext. 56506
Correo electrónico:
humberto.nocedhal@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 41. La Dirección de Área de Regiones Prioritarias tendrá las siguientes atribuciones: I. Planear acciones del sector agropecuario para el desarrollo de regiones prioritarias, en coordinación con los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable; II. Impulsar y promover el desarrollo de programas encaminados a elevar la calidad de vida del sector rural, principalmente en las zonas marginadas del Estado; III. Desarrollar programas o acciones encaminados al fortalecimiento de grupos vulnerables del sector rural; y IV. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 41. La Dirección de Área de Regiones Prioritarias tendrá las siguientes atribuciones: I. Planear acciones del sector agropecuario para el desarrollo de regiones prioritarias, en coordinación con los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable; II. Impulsar y promover el desarrollo de programas encaminados a elevar la calidad de vida del sector rural, principalmente en las zonas marginadas del Estado; III. Desarrollar programas o acciones encaminados al fortalecimiento de grupos vulnerables del sector rural; y IV. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.
Juan Guadalupe Aceves Delgado
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Director de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural
Juan Guadalupe Aceves Delgado
Director de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural
http://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/organigrama/fotos/juan_guadalupe_aceves-web_200x200.png
Dirección:
Av. Hidalgo 1435, Piso 5, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono:
30-30-06-00 Ext.56446
Correo electrónico:
juan.aceves@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 42. La Dirección de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural tendrá las siguientes atribuciones: I. Coordinar y fungir como enlace entre la Secretaría y los productores, a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable, para promover el desarrollo económico y social de los productores; II. Generar esquemas de trabajo, que se promuevan a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable para la generación de políticas públicas; III. Supervisar el cumplimiento de los calendarios de trabajo acordados en las sesiones de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable para los módulos de maquinaria; y IV. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 42. La Dirección de Área de Consejos Municipales de Desarrollo Rural tendrá las siguientes atribuciones: I. Coordinar y fungir como enlace entre la Secretaría y los productores, a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable, para promover el desarrollo económico y social de los productores; II. Generar esquemas de trabajo, que se promuevan a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable para la generación de políticas públicas; III. Supervisar el cumplimiento de los calendarios de trabajo acordados en las sesiones de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable para los módulos de maquinaria; y IV. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.