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Estructura
Carlos Fernando Villalobos Romo
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Director de Área de Fomento Pecuario
Carlos Fernando Villalobos Romo
Director de Área de Fomento Pecuario
http://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/organigrama/fotos/directores_generales-08.jpg
Dirección:
Av. Hidalgo 1435, Piso 3, Col Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono:
30-30-60-00 Ext 56108
Correo electrónico:
carlos.villalobos@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 28. La Dirección de Área de Fomento Pecuario tendrá las siguientes atribuciones: I. Fomentar e impulsar la integración el funcionamiento de las cadenas productivas pecuarias de bovinos-leche, bovinos-carne y pequeñas especies; II. Presentar propuestas y dar seguimiento al proceso de planeación de las cadenas productivas pecuarias de bovinos-leche, bovinos-carne y pequeñas especies; III. Vincularse con organizaciones de productores para fortalecer la información estadística del sector pecuario que ayude al diseño de políticas públicas; IV. Coordinar y dirigir acciones para la planeación de proyectos y programas en el ámbito de su competencia; V. Elaborar propuestas para la creación y fomento de cuencas de producción; VI. Proponer la celebración de convenios de fomento, investigación y vinculación con organismos gubernamentales de investigación y de educación superior, en el ámbito de su competencia; VII. Formular y realizar propuestas de diseño y funcionamiento de los sistemas de asistencia técnica y capacitación que apoyen el desarrollo de las actividades pecuarias; VIII. Establecer y modernizar el registro de los productores y la reproducción pecuaria del Estado; IX. Coordinar las acciones para la identificación y trazabilidad a través del aretado oficial; y X. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 28. La Dirección de Área de Fomento Pecuario tendrá las siguientes atribuciones: I. Fomentar e impulsar la integración el funcionamiento de las cadenas productivas pecuarias de bovinos-leche, bovinos-carne y pequeñas especies; II. Presentar propuestas y dar seguimiento al proceso de planeación de las cadenas productivas pecuarias de bovinos-leche, bovinos-carne y pequeñas especies; III. Vincularse con organizaciones de productores para fortalecer la información estadística del sector pecuario que ayude al diseño de políticas públicas; IV. Coordinar y dirigir acciones para la planeación de proyectos y programas en el ámbito de su competencia; V. Elaborar propuestas para la creación y fomento de cuencas de producción; VI. Proponer la celebración de convenios de fomento, investigación y vinculación con organismos gubernamentales de investigación y de educación superior, en el ámbito de su competencia; VII. Formular y realizar propuestas de diseño y funcionamiento de los sistemas de asistencia técnica y capacitación que apoyen el desarrollo de las actividades pecuarias; VIII. Establecer y modernizar el registro de los productores y la reproducción pecuaria del Estado; IX. Coordinar las acciones para la identificación y trazabilidad a través del aretado oficial; y X. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.