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Víctor Manuel Núñez Franco
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Director de Recursos Materiales y Financieros
Víctor Manuel Núñez Franco
Director de Recursos Materiales y Financieros
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Dirección:
Av. Hidalgo No. 1435, Piso 6, Guadalajara, Jalisco, México
Teléfono:
30-30-06-15 / 30-30-06-00 Ext. 56615
Correo electrónico:
victormauel.nunez@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 45. La Dirección de Recursos Materiales y Financieros tendrá las siguientes atribuciones: I. Adquirir, cuando así proceda, los materiales solicitados y autorizados por las unidades administrativas para los diferentes proyectos y programas, de acuerdo al presupuesto autorizado para cada uno de ellos; II. Tramitar las adquisiciones y servicios, a través de la Secretaría de Administración, para las distintas unidades administrativas de la Secretaría; III. Gestionar aprovisionamientos ante la Secretaría de Administración; IV. Programar y proporcionar el mantenimiento preventivo y correctivo al parque vehicular asignado a la Secretaría con base al registro de servicios y carga de trabajo; V. Abastecer a todas las áreas operativas combustible, materiales y equipos adquiridos con los diferentes programas de la Secretaría, con la finalidad de que lleven a cabo sus funciones; VI. Controlar, registrar y actualizar los inventarios de bienes muebles e inmuebles de acuerdo a la normatividad aplicable; VII. Proporcionar mantenimiento al mobiliario y equipo, así como a las instalaciones de la Secretaría, manteniéndolas en óptimas condiciones de funcionalidad; VIII. Coordinar con la Secretaría de Administración las altas y bajas de los bienes muebles que se incorporen al inventario general del Gobierno del Estado; IX. Controlar y supervisar la intendencia en las instalaciones de la Secretaría; X. Integrar y coordinar las comisiones y protocolos de seguridad e higiene, y de protección civil, así como implementar los manuales respectivos con la Dirección Jurídica. XI. Ejercer los recursos financieros de la Secretaría, mediante la asignación, validación, comprobación y ajuste presupuestal, de acuerdo con las necesidades de las unidades administrativas y de conformidad con las disposiciones legales aplicables; XII. Aprovisionar en tiempo los recursos financieros a las distintas unidades administrativas, con la finalidad de facilitar las acciones que se lleven a cabo para su operatividad; XIII. Elaborar en coordinación con las unidades administrativas, la programación presupuestal ante la Secretaría de la Hacienda Pública; XIV. Tramitar ante la Secretaría de la Hacienda Pública, la autorización y asignación de los recursos financieros y anexos de validación financiera de las diferentes partidas de gasto autorizado, previa validación de esta misma dependencia; XV. Controlar la eficiencia presupuestal del ejercicio de los recursos asignados a la Secretaría; XVI. Administras y asignar los recursos por concepto de viáticos y pasajes, así como pagos devengados a los servidores públicos de la Secretaría, de conformidad con la normatividad aplicable; y XVII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 45. La Dirección de Recursos Materiales y Financieros tendrá las siguientes atribuciones: I. Adquirir, cuando así proceda, los materiales solicitados y autorizados por las unidades administrativas para los diferentes proyectos y programas, de acuerdo al presupuesto autorizado para cada uno de ellos; II. Tramitar las adquisiciones y servicios, a través de la Secretaría de Administración, para las distintas unidades administrativas de la Secretaría; III. Gestionar aprovisionamientos ante la Secretaría de Administración; IV. Programar y proporcionar el mantenimiento preventivo y correctivo al parque vehicular asignado a la Secretaría con base al registro de servicios y carga de trabajo; V. Abastecer a todas las áreas operativas combustible, materiales y equipos adquiridos con los diferentes programas de la Secretaría, con la finalidad de que lleven a cabo sus funciones; VI. Controlar, registrar y actualizar los inventarios de bienes muebles e inmuebles de acuerdo a la normatividad aplicable; VII. Proporcionar mantenimiento al mobiliario y equipo, así como a las instalaciones de la Secretaría, manteniéndolas en óptimas condiciones de funcionalidad; VIII. Coordinar con la Secretaría de Administración las altas y bajas de los bienes muebles que se incorporen al inventario general del Gobierno del Estado; IX. Controlar y supervisar la intendencia en las instalaciones de la Secretaría; X. Integrar y coordinar las comisiones y protocolos de seguridad e higiene, y de protección civil, así como implementar los manuales respectivos con la Dirección Jurídica. XI. Ejercer los recursos financieros de la Secretaría, mediante la asignación, validación, comprobación y ajuste presupuestal, de acuerdo con las necesidades de las unidades administrativas y de conformidad con las disposiciones legales aplicables; XII. Aprovisionar en tiempo los recursos financieros a las distintas unidades administrativas, con la finalidad de facilitar las acciones que se lleven a cabo para su operatividad; XIII. Elaborar en coordinación con las unidades administrativas, la programación presupuestal ante la Secretaría de la Hacienda Pública; XIV. Tramitar ante la Secretaría de la Hacienda Pública, la autorización y asignación de los recursos financieros y anexos de validación financiera de las diferentes partidas de gasto autorizado, previa validación de esta misma dependencia; XV. Controlar la eficiencia presupuestal del ejercicio de los recursos asignados a la Secretaría; XVI. Administras y asignar los recursos por concepto de viáticos y pasajes, así como pagos devengados a los servidores públicos de la Secretaría, de conformidad con la normatividad aplicable; y XVII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.