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Karen Andrea Barajas Rodríguez
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Directora de Área de Recursos Digitales
Karen Andrea Barajas Rodríguez
Directora de Área de Recursos Digitales
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Dirección:
Av. Hidalgo 1435, Piso 1, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono:
30-30-06-00 Ext. 56166
Correo electrónico:
karenandrea.barajas@jalisco.gob.mx
Atribuciones:
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Artículo 47. La Dirección de Área de Recursos Digitales tendrá las siguientes atribuciones: I. Implementar los mecanismos aprobados por el Secretario, que faciliten el aprovechamiento de los sistemas de cómputo, así como el desarrollo de programas, para el procesamiento de datos y sistemas a cargo de las Unidades Administrativas de la Secretaría, apoyándolas en la operación de los procesos computacionales; II. Brindar los servicios de instalación, mantenimiento y soporte técnico de equipo y programas de cómputo utilizados por la Secretaría; III. Promover el desarrollo informático y tecnológico de la Secretaría; IV. Desarrollar, programar y proporcionar sistemas de procesamiento de datos a las Unidades Administrativas de la Secretaría, apoyándolas en la operación de nuevos procedimientos computacionales para el análisis de información; V. Capacitar y asesorar a las Unidades Administrativas de la Secretaría para el correcto uso de los sistemas informáticos y la base de datos que requieran; VI. Organizar y mantener actualizada la información de la página de internet de la Secretaría, conforme a la normatividad aplicable; VII. Implementar, o en su caso cumplir, las medidas técnicas y de seguridad de los sistemas informáticos y de comunicaciones de la Secretaría, así como de los equipos de cómputo; y VIII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Artículo 47. La Dirección de Área de Recursos Digitales tendrá las siguientes atribuciones: I. Implementar los mecanismos aprobados por el Secretario, que faciliten el aprovechamiento de los sistemas de cómputo, así como el desarrollo de programas, para el procesamiento de datos y sistemas a cargo de las Unidades Administrativas de la Secretaría, apoyándolas en la operación de los procesos computacionales; II. Brindar los servicios de instalación, mantenimiento y soporte técnico de equipo y programas de cómputo utilizados por la Secretaría; III. Promover el desarrollo informático y tecnológico de la Secretaría; IV. Desarrollar, programar y proporcionar sistemas de procesamiento de datos a las Unidades Administrativas de la Secretaría, apoyándolas en la operación de nuevos procedimientos computacionales para el análisis de información; V. Capacitar y asesorar a las Unidades Administrativas de la Secretaría para el correcto uso de los sistemas informáticos y la base de datos que requieran; VI. Organizar y mantener actualizada la información de la página de internet de la Secretaría, conforme a la normatividad aplicable; VII. Implementar, o en su caso cumplir, las medidas técnicas y de seguridad de los sistemas informáticos y de comunicaciones de la Secretaría, así como de los equipos de cómputo; y VIII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia.