Dependencia / Organismo:
Área:
Puesto:
Correo Electrónico:
Domicilio:
Km. 17.5 Carretera libre a Zapotlanejo, Complejo Penitenciario Puente Grande, Tonalá, Jalisco.
Teléfono(s):
33.3151.8317
Fecha de ingreso:
01 de Febrero de 2021
Atribuciones:
-Ejecutar los acuerdos que emanen del Consejo de Administración, dictando las medidas necesarias para su cumplimiento;
-Representar a la industria jalisciense de rehabilitación Social ante cualquier autoridad, institución oficial descentralizada o personas particulares;
-Someter al Consejo de Administración para su estudio y aprobación el proyecto del plan anual de actividades que concreten la forma y términos de creación y organización de las industrias, y empresas dependientes de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social;
-Rendir al Consejo de Administración informe anual de su gestión administrativa;
-Autorizar con su firma la correspondencia de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social y las disposiciones de fondos que en los términos de esta ley le correspondiera hacer;
-Conceder licencia al personal de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social;
-Solicitar de los órganos establecidos por la ley, la práctica de inspecciones y auditorías en las empresas e industrias que al efecto se establezcan con objeto de cerciorarse si se está cumpliendo con las disposiciones de esta ley, las demás aplicables y con las resoluciones del Consejo de Administración;
-Promover y gestionar ante toda clase de autoridades, o personas físicas y jurídicas, la incorporación al patrimonio de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, de todos los bienes, frutos y productos que por ley o por actos de particulares puedan pertenecerle;
-Representar a la industria ante las autoridades administrativas, judiciales y del trabajo, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley. Estará investido de poder general para pleitos y cobranzas y para actos de administración y podrá otorgar y sustituir poderes generales o especiales para pleitos y cobranzas y revocarlos; podrá otorgar y suscribir títulos de crédito a nombre de la industria con firma mancomunada del Presidente del Consejo, salvo en el caso de los créditos a que se refiere el artículo 27 fracción XIII, y celebrar y firmar los contratos que apruebe el Consejo, ejerciendo aquellas facultades de dominio que expresa y específicamente autorice el Consejo. Podrá otorgar poderes generales o especiales para pleitos y cobranzas y revocarlos;
-Proponer al Consejo de Administración las medidas que considere más convenientes a efecto de que el trabajo desempeñado por los internos tienda a obtener su reintegración a la sociedad; al igual que el mayor rendimiento de las fuentes patrimoniales de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social con objeto de que cada institución alcance independencia económica;
-Formular el Reglamento Interior de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social y someterlo a la consideración del Consejo de Administración, el que deberá ser conforme a las disposiciones reglamentarias de las Instituciones de tratamiento y de prevención;
-Proponer el nombramiento de los titulares de las Direcciones, gerentes y empleados de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social;
Según la LEY QUE CREA LA INDUSTRIA JALISCIENSE DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
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