Dependencia / Organismo:
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Domicilio:
Av. Adolfo López Mateos #967, Colonia Italia Providencia. CP.44648, Guadalajara, Jalisco.
Teléfono(s):
3335749080
Atribuciones:
Art. 218 bis de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco, que dice: Para su funcionamiento y operación el Consejo Ciudadano contará con una Secretaría Ejecutiva y personal adscrito a ella, en términos aprobado. (Decreto Num. 29152/LXIII/23 núm. 36 secc. IX)
Art. 37 del RI Consejo Ciudadano.
I.Solicitar al Gobernador que gire invitación a los consejeros a que se refieren las fracciones VII y IX del artículo 161 de la Ley.
II. Someter a la aprobación del Consejo los manuales administrativos y operativos necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades tendientes a cumplir con las funciones que les corresponden al Consejo;
III. Convocar a los Consejeros, con por lo menos cuarenta y ocho horas de anticipación, a las sesiones del Consejo que en virtud de los programas de trabajo se tengan que realizar. A cada convocatoria, deberá incluir la propuesta de orden del día a desarrollarse en la sesión;
IV. Garantizar el cumplimiento del procedimiento a que se refiere la fracción anterior;
V. Participar en todas las sesiones de trabajo del Consejo, sólo con derecho a voz, así como elaborar el acta correspondiente;
VI. Archivar físicamente las actas en orden cronológico de las sesiones de trabajo.
VII. Promover el uso de diversas plataformas electrónicas y tecnologías de la información que garanticen la optimización de los trabajos ordinarios y permanentes tanto del Consejo como de los programas de trabajo;
VIII. Proponer al Presidente el orden del día de las sesiones del Consejo;
IX. Supervisar la elaboración de las actas correspondientes a los programas de trabajo;
X. Recabar y firmar junto con el Presidente las actas del Consejo aprobadas;
XI. Coordinar y supervisar los trabajos del personal adscrito a la Secretaría Técnica;
XII. Apoyar al Presidente en el cumplimiento de sus atribuciones;
XIII. Presentar denuncia ante el Ministerio Público, con motivo de hechos presuntamente delictuosos, que conozca en el ejercicio de sus atribuciones;
XIV. Apoyar al Presidente en la vinculación con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales para el cumplimiento de los fines del Consejo;
XV. Signar aquellos comunicados oficiales que se giren en representación del Consejo, cuando así le instruya el Presidente, así como aquellos que sean eminentemente de carácter administrativo a través del uso de la firma electrónica y en la plataforma oficial que para tal caso se indique por el ejecutivo.
XVI. Cumplir y ejecutar los acuerdos del Consejo y lo establecido en la Ley y el Reglamento;
XVII. Las demás que el Consejo y el Presidente determinen. XIII. Presentar denuncia ante el Ministerio Público, con motivo de hechos presuntamente delictuosos, que conozca en el ejercicio de sus atribuciones;
XIV. Apoyar al Presidente en la vinculación con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales para el cumplimiento de los fines del Consejo;
XV. Signar aquellos comunicados oficiales que se giren en representación del Consejo, cuando así le instruya el Presidente, así como aquellos que sean eminentemente de carácter administrativo a través del uso de la firma electrónica y en la plataforma oficial que para tal caso se indique por el ejecutivo.
XVI. Cumplir y ejecutar los acuerdos del Consejo y lo establecido en la Ley y el Reglamento;
XVII. Las demás que el Consejo y el Presidente determinen.
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