Ley Orgánica del Instituto de Fomento al Comercio Exterior del Estado de Jalisco
La presente ley es de observancia e interés general y tiene por objeto fijar las bases de
organización y funcionamiento del Instituto de Fomento al Comercio Exterior del Estado de Jalisco.
Para la realización de los fines que se persiguen con el presente ordenamiento se crea el
Instituto de Fomento al Comercio Exterior del Estado de Jalisco, como un Organismo Público
Descentralizado del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuya sede será la ciudad de Guadalajara, Capital del Estado de Jalisco; pudiendo establecer
las oficinas y dependencias que le sean necesarias para el cumplimiento de su objeto, dentro del
territorio del Estado, de la República Mexicana o en el extranjero. Consta de 38 artículos, más transitorios.
Vigencia:
Domingo, Diciembre 20, 1998
Publicación:
Sábado, Diciembre 19, 1998
Archivo adjunto:
Autor: info.system.sup... - Despacho del Gobernador
Fecha de actualización: 20/03/2014 - 17:38:39