El presente Reglamento regula las facultades de la Secretaría de Finanzas, referente al ejercicio de los gastos que efectúan de manera directa las Dependencias y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo; fijando además las bases, linamientos y requisitos a observar y cubrir en el manejo, registro, custoria y control de los recursos del fondo revolvente y en la obtención de la documentación comprobatoria del gasto.