El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, es un organismo
público autónomo de carácter permanente, autoridad en la materia electoral, dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y
profesional en su desempeño, el cual tiene como objetivos, entre otros, la vigilancia en el ámbito
electoral, del cumplimiento de la Constitución Política y del Código Electoral y de Participación
Ciudadana, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, y demás ordenamientos que garanticen
el derecho de organización y participación política de los ciudadanos.
Las disposiciones contenidas en este Reglamento son de observancia obligatoria para todos los
órganos y servidores públicos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de
Jalisco, así como para los partidos políticos registrados y acreditados ante el citado Instituto
respecto de las obligaciones que en materia de transparencia establece el Código Electoral y de
Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
El presente Reglamento tiene como propósito coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos que
establece el artículo 4 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco en
el ámbito de la competencia del Instituto Electoral, así como hacer efectivo lo dispuesto en el
artículo 71 del Código, y que los partidos políticos cumplan con las obligaciones que en materia de
transparencia establece el Código. El presente Reglamento consta de 40 artículos, más tansitorios.