El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de ejecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones
de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios,
participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se
establecen. Consta de 93 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre
del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto
de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos,
ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales,
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados
de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se
establecen. Consta de 109 artículos, más transitorios.
Los objetivos principales del Sistema Municipal serán: I. Asegurar la atención permanente a la población marginada. II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad. III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez. V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes, entre otros. El presente Decreto cuenta con 15 artículos.