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Ayuntamiento de El Grullo

Ley de Ingresos del Municipio de El Grullo, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2013

Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.

Dependencia / Organismo: 
Tipo del Documento: 
LEY

Ley de Ingresos del Municipio del Grullo, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2012

Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 108 artículos, más transitorios.

Dependencia / Organismo: 
Tipo del Documento: 
LEY

Ley Orgánica del Instituto Tecnológico Superior de El Grullo, Jalisco.

Se crea el Instituto Tecnológico Superior de El Grullo, Jalisco, como un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco, con personalidad jurídica y patrimonio propios; el cual tendrá su domicilio oficial en el municipio de El Grullo, Jalisco. El Instituto tendrá por objeto: I. Impartir educación superior tecnológica en los niveles de licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, así como cursos de actualización, especialización y superación académica en sus modalidades escolar y extraescolar, como también diplomados; II. Promover una educación superior tecnológica de alta calidad. III. Desarrollar e impulsar la investigación científica y tecnológica; IV. Promover el fortalecimiento de los mecanismos de vinculación del Instituto con el sector productivo y con la sociedad; V. Prestar servicios de asesoría, elaboración de proyectos, desarrollo de prototipos y capacitación técnica de los sectores público, social y privado; VI. Estimular la conformación de redes de cooperación e intercambio académico; VII. Fomentar la participación activa de los alumnos del Instituto en los programas de desarrollo social, humano, cultural y deportivo. Esta ley contiene 39 artículos más transitorios.

Dependencia / Organismo: 
Tipo del Documento: 
LEY
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