El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de ejecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de
mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios,
participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como
ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se
establecen. Consta de 89 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los
ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos,
productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios,
participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones,
subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos,
conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 96 artículos, más transitorios.