El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de ejecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de
este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 92 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31
de diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá
los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora,
derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y
servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de
financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se
establecen. Consta de 108 artículos, más transitorios.