El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de ejecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos
por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas,
así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y
tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 87 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2012,
la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de
bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones,
subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las
tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 105 artículos, más transitorios.
Los objetivos principales del Sistema Municipal serán: I. Asegurar la atención permanente a la población marginada. II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad. III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez. V. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes, entre otros. El presente Decreto cuenta con 15 artículos.