Acuerddo que Crea el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza
Se crea el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza, como Unidad de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Estatal de Seguridad Pública. La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece en sus artículos 12 fracción IX, 17 y 22, que la Integración del Consejo Nacional de Seguridad Pública figura un Secretario Ejecutivo como órgano operativo. Dispone en sus artículos 37 y 39 apartado B, fracciones VIII y X, que los consejos locales y las instancias regionales se organizarán, de manera similar al Consejo Nacional y tendrán las funciones relativas para hacer posible la coordinación y los fines de seguridad pública, en sus ámbitos de competencia. Además señalan que es competencia de los Estados, establecer centros de evaluación y control de confianza, conforme a los lineamientos, procedimientos y protocolos y perfiles determinados por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación. El presente Acuerdo cuenta con 9 Artículos