El presente Reglamento tiene por objeto regular la celebración y desarrollo de las sesiones del
Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y la actuación de los
integrantes del Consejo General. Para la interpretación de las disposiciones de este Reglamento, se estará a los criterios establecidos en el párrafo 2 del artículo 4 del Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, o las prácticas que mejor garanticen y reflejen la libre expresión, la participación,
así como la eficacia de los acuerdos o resoluciones que los integrantes del Consejo General tomen
en ejercicio de sus atribuciones. Este Reglamento consta de 52 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la celebración y desarrollo de las sesiones de
los Consejos Distritales Electorales y Municipales Electorales del Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana y la actuación de los integrantes de dichos Consejos. Este Reglamento consta de 55 artículos, más uno transitorio.
El Instituto Electoral del Estado es un organismo público de carácter permanente, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que en los términos de lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley Electoral del Estado de Jalisco, el
Instituto Electoral del Estado tiene como objetivos:
a) Ejercer la función estatal;
b) Vigilar, en el ámbito electoral, el cumplimiento de la Constitución Política local, de la Ley Electoral del
Estado de Jalisco y demás ordenamientos;
c) Preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales de plebiscito y referéndum en el Estado de
Jalisco; y
d) Promover una cultura política sustentada en la tolerancia, la democracia, la identidad nacional y el
pluralismo. Este Reglamento consta de 12 artículos, más uno transitorio.
Anexos I y II que forman parte del "Reglamento de Agrupaciones Políticas del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco", que se ordena agregar al acuerdo IEPC-ACG-012/10 aprobado el 29 de abril de 2010 y su publicación en el periódico oficial el Estado de Jalisco.
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