Políticas y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones del Instituto Jalisciense de la Juventud
Se aprueban y se expiden las políticas y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones del Instituto Jalisciense de la Juventud (IJJ).
Se aprueban y se expiden las políticas y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones del Instituto Jalisciense de la Juventud (IJJ).
Regula los procedimientos internos del Instituto Jalisciense de la Juventud,en la clasificación de información pública, la protección de datos personales y de la información confidencial, para el acceso, la consulta, reproducción y publicación de la misma, así como la organización y funcionamiento de la unidad de transparencia y el comité de clasificación de información publica, cuya aplicación será obligatoria para los que no expidan su Reglamento de información pública.
El Instituto Jalisciense de la Juventud convoca a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, a los Gobiernos Municipales, a las Universidades e Instituciones de Educación Superior, a los Centro de Investigación, Academias, Asociaciones Culturales y Científicas, a todos los Organismos de la sociedad Civil y a la sociedad en general para que realice propuesta de candidatos de quienes se hayan distinguido, en grado eminente y durante el año inmediato anterior al el otorgamiento del premio, en los siguientes campos: Humanístico, Cultural, Cívico, Laboral, Científico, Académico y Deportivo
Se otorgan recurso económicos a los jóvenes que desean estudiar algún nivel de posgrado (maestría o doctorado) en alguna institución educativa pública y privada, del país o el extranjero. Esta dirigido a personas de hasta 35 años. Los recursos que se otorgan son de hasta el 80% o un monto máximo $300,000.
La presente ley es de orden público, interés social y observancia general en el estado de Jalisco y tiene por objeto establecer el marco normativo que regule las políticas públicas que el Estado y los municipios apliquen en beneficio de la juventud, así como aquellas acciones encaminadas a la integración social, el desarrollo y la obtención de beneficios de éste, sujetándose para ello a los siguientes puntos. Esta Ley contiene 55 artículos más transitorios.
Brindar orientación en la elección vocacional y el proyecto de vida de los jóvenes, mediante asesoría personal. Este programa está dirigido a jóvenes estudiantes de bachillerato, con interés de elegir una carrera o profesión.
Brindar un acompañamiento personal promoviendo habilidades para la vida. La Orientación se lleva a cabo con previa cita, brindándoles atención y dependiendo del caso se hace una derivación posterior a la instancia más adecuada.
Brindar a los jóvenes que buscan una opción educativa fuera de la casa pública de estudios superiores, acceso a los convenios establecidos por el Instituto Jalisciense de la Juventud y algunas universidades privadas para otorgar becas y descuentos privados en educación media superior y superior.