El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de ejecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
El objeto del Presente Convenio es que las funciones de administración de los ingresos municipales, que se señalan en las siguientes cláusulas, se asuman por parte de "LA SECRETARÍA", a fin de efecutar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional y estatal de desarrollo.
El presente Reglamento tiene como objeto desarrollar en el ámbito administrativo los
procedimientos que deberán observar las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado, en
relación a las operaciones que regula la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco,
sujetándose a los procedimientos que se establecen para la adquisición y enajenación de bienes, así
como a la contratación de servicios en lo que respecte al patrimonio público.
Como lo señala el penúltimo párrafo del artículo 1º de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado
de Jalisco, las Entidades deberán emitir de conformidad a dicha Ley, las políticas, bases y lineamientos
para llevar a cabo la adquisición, enajenación o arrendamiento de bienes, o la contratación de servicios y
manejo de almacenes , pero podrán solicitar el apoyo de la Administración Central, para que la Secretaría
de Planeación, Administración y Finanzas, con observancia de las disposiciones legales aplicables, lleve
a cabo la contratación de sus adquisiciones o recepción de servicios, tomando en cuenta la naturaleza,
fines y metas de los propios organismos.
Los Municipios observarán las disposiciones
Esta ley es de orden e interés público, y reglamentaria de los artículos 6 y 16 párrafo segundo de la Constitución Pólítica de los Estados Unidos Mexicanos, en lo relativo a datos personales en posesión de entes públicos, así como párrafo tercero, 9 y 15 fracción IX de la Constitución política del Estado de Jalisco.
Se aprueba decreto que contiene la Ley de Ingresos del estado de Jalisco, para el
ejercicio fiscal 2016, para quedar como sigue: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2016
Consulta de información fundamental categorizada en lenguaje ciudadano, de las dependencias, organismos y municipios del estado de Jalisco a través de kioscos.
El presente Manual tiene por objeto regular las autorizaciones, control, ejercicio y comprobación del gasto de los viáticos a cargo de las dependencias de la Administración Pública del Estado, por parte de los sujetos obligados en los términos de este Manual.
Se expide el Reglamento de la Ley de Austeridad y Ahorro del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado.
El presente ordenamiento es de orden público e interés social, y tiene como objetivo reglamentar la Ley de Austeridad y Ahorro del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado, por lo que su observancia es obligatoria para las Dependencias y Entidades de éste.
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