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Ley para el Desarrollo Integral del Adulto Mayor del Estado de Jalisco

La presente ley es reglamentaria de la fracción II del artículo 15 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las condiciones necesarias para lograr la protección, atención, bienestar y desarrollo de los hombres y mujeres a partir de los sesenta años de edad, para lograr su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural. Los objetivos específicos de este ordenamiento son los siguientes: I. Reconocer los derechos de los adultos mayores y los medios para su ejercicio; II. Promover acciones de salud, recreación y participación socio económica, con el fin de lograr una mejor calidad de vida en los adultos mayores; III. Establecer las responsabilidades de la familia, la sociedad y el Estado en cuanto a atención, promoción y apoyo a los adultos mayores; IV. Propiciar en la sociedad en general, una cultura de conocimiento, respeto y aprecio por los adultos mayores; y V. Propiciar la igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad. La presente Ley contiene 86 artículos más transitorios.
Expedición: 
Martes, Agosto 23, 2011
Vigencia: 
Viernes, Septiembre 16, 2011
Publicación: 
Jueves, Septiembre 15, 2011
Autor: Anónimo (no verificado) - Secretaría del Sistema de Asistencia Social
Fecha de actualización: 23/10/2019 - 17:57:30