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Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco

El presente Reglamento tiene como objeto desarrollar en el ámbito administrativo los procedimientos que deberán observar las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado, en relación a las operaciones que regula la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, sujetándose a los procedimientos que se establecen para la adquisición y enajenación de bienes, así como a la contratación de servicios en lo que respecte al patrimonio público. Como lo señala el penúltimo párrafo del artículo 1º de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, las Entidades deberán emitir de conformidad a dicha Ley, las políticas, bases y lineamientos para llevar a cabo la adquisición, enajenación o arrendamiento de bienes, o la contratación de servicios y manejo de almacenes , pero podrán solicitar el apoyo de la Administración Central, para que la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con observancia de las disposiciones legales aplicables, lleve a cabo la contratación de sus adquisiciones o recepción de servicios, tomando en cuenta la naturaleza, fines y metas de los propios organismos. Los Municipios observarán las disposiciones

Tipo del Documento: 
REGLAMENTO

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