Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco
La presente Ley es reglamentaria del artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo al ejercicio de las actividades profesionales, sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en el Estado de Jalisco. Las disposiciones de esta Ley y su respectivo Reglamento son competencia del Poder Ejecutivo, a través de la Dirección de Profesiones del Estado, adscrito a la Secretaría General de Gobierno.
DIRECCIÓN DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN CONTRA DELITOS DE ROBO A CASA HABITACIÓN Y COMERCIOS
Resultados Segunda Convocatoria Plataformas
"Premio Estatal de Innovación, Ciencia y Tecnología de Jalisco 2014" Resultados
43068001-001-16 Servicio Integral de pruebas de laboratorio y estudios de Gabinete de la red de laboratorios del opd servicios de salud jalisco
43068001-001-16 Servicio Integral de pruebas de laboratorio y estudios de gabinete a pacientes afiliados al seguro popular, seguro médico nuevo generación, gastos catastrógicos y población abierta de la red de laboratorios del estado de jalisco del opd servicios de salud jalisco.
Luis Fernando Castañeda Pacheco
Presidencia Municipal de Atoyac Jalisco
