Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda
Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora,
derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por
ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos,
conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen.Consta de 95 artículos, más transitorios.
De conformidad con los artículos 51 y 52, fracción XVI de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios, corresponde a los Consejos Tarifarios la realización de estudios financieros y la aprobación de cuotas y tarifas que deberán pagar los usuarios como contraprestación por los servicios que reciben directa o indirectamente, generan o demandan.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 63 de la Ley en comento, como parte de las facultades de los Consejos Tarifarios se encuentran las relativas al diseño y actualización de las cuotas y tarifas, observando en todo momento el impacto en la economía de los usuarios, así como el aumento de los precios de los bienes y servicios, de conformidad con las bases generales que establece el artículo 101 Bis de la Ley.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31
de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá
los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora,
derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de
financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley
se establecen. Consta de 87 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones
de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios,
participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se
establecen. Consta de 95 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda
Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 92 artículos, más transitorios.
La presente Ley es de orden público y de observancia
general para el Municipio de Talpa de Allende, Jalisco, quien para
erogar los gastos que demanda la atención de su administración:
funciones, atribuciones, servicios públicos y demás obligaciones a su
cargo, su Hacienda Pública percibirá durante el ejercicio fiscal de 2013. Consta de 92 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por
ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos,
conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de
este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 91 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre
del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos,
ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales,
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de
financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
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