Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 95 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y
otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y
tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 89 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones
de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios,
participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se
establecen. consta de 90 artículos, más transitorios.
La presente Ley es de orden público y de observancia general para el Municipio de San
Cristóbal de la Barranca, Jalisco, quién para erogar los gastos que demanda la atención de su
administración: funciones, atribuciones, servicios públicos y demás obligaciones a su cargo, su Hacienda
Pública percibirá durante el ejercicio fiscal 2013. Consta de 92 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre
del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto
de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos,
ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales,
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de
financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 89 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del año
2013, la Hacienda Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, percibirá los ingresos
por concepto de impuestos, actualización de contribuciones, contribuciones especiales y de
mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y aportaciones federales y
estatales conforme a las bases, tasas, cuotas y tarifas, que en esta Ley se establecen.
Además de los señalados en los convenios respectivos y en la legislación Fiscal del Estado
de Jalisco y de la Federación. Consta de 120 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 91 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre
del 2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto
de impuestos, derechos, productos, contribuciones especiales, aprovechamientos,
participaciones y aportaciones federales conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que
en esta ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por
venta de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos,
conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos
por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos,
conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 90 artículos, más transitorios.
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