Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por
concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas
que en esta Ley se establecen. Consta de 111 artículos, más transitorios.
La presente Ley es de orden público y de observancia general para el Municipio de Tonalá
Jalisco, quien para erogar los gastos que demanda la atención de su administración: funciones,
atribuciones, servicios públicos y demás obligaciones a su cargo, su Hacienda Pública percibirá durante el
ejercicio fiscal de 2012, los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran: Impuesto Predial, Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Negocios Jurídicos, Contribuciones de Mejoras, entre otros. Consta de 129 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre
del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto
de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos,
ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales,
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados
de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta ley se
establecen. Consta de 110 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por
concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas
que en esta Ley se establecen. Consta de 99 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos
por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos
conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta ley se establecen. Consta de 114 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de
impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos
por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales,
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de
financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 100 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos
por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas
que en esta Ley se establecen. Consta de 105 artículos, más transitorios.
El Municipio de Tequila, Jal., recibirá $143’560,800.00 (CIENTO CUARENTA Y TRES
MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N); provenientes de la
recaudación en impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos,
participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas. Consta de 97 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos
por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas,
así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y
tarifas que en esta Ley se establecen. Consta de 112 artículos, más transitorios.
Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos
por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y
aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así
como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas
que en esta Ley se establecen. Consta de 98 artículos, más transitorios
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