Reglamento Ley Gral Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Párrafo reformado DOF 20-01-2009 Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de observancia general en la República Mexicana.
El Manual de Procesos es una herramienta necesaria para el aseguramiento de la calidad en los servicios o productos que ofrece cada Secretaría. Facilita la identificación de los elementos básicos de los procesos, especifica los procedimientos que lo integran, los insumos, los clientes o usuarios de los servicios o productos, los dueños de los procesos, la normatividad, así como las características que determinan si el resultado de los procesos de la Dependencia está o no cumpliendo con las expectativas de la calidad en el servicio. El documento (o los documentos) aquí presentado(s) están en revisión, actualización y validación para que correspondan a los procesos de la nueva estructura de las Dependencias con base en los artículos Sexto y Octavo Transitorios de la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco establecida mediante el decreto número 24395/LX/13 y publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el miércoles 27 de febrero de 2013.