Se adjudica a UNIDAD MÉDICA DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO S.A. DE C.V., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las Especialidades de Gíneco-Obstetricia y Cirugía General.
Se adjudica a SAN GABRIEL ARCÁNGEL S.A. DE C.V., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en la Especialidad de Gíneco-Obstetricia.
Se adjudica a MÉDICA HUMANA S.C., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las Especialidades de Gíneco-Obstetricia y Cirugía General, ortopedia y Traumatología.
Se adjudica a ÁNGELES VISIÓN HOSPITAL DE OFTALMOLOGÍA S.A. DE C.V., el Contrato para la Prestación de Servicios Subrogados de Alta Especialidad para la Atención Médico-Quirúrgica de Catarata.
Se adjudica a SANATORIO FRAY ANTONIO DE SEGOVIA S.A. DE C.V., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las Especialidades de Gíneco-Obstetricia y Cirugía General.
Se adjudica a HOSPITAL ESPAÑOL S.A. DE C.V., el Contrato para la prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las especialidades de Gíneco-Obstetricia y Cirugía General.
Se adjudica a HOSPITAL SAN JOAQUÍN, S.A. DE C.V., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las Especialidades de Gíneco-obstetricia y Cirugía General.
Se adjudica a SANATORIO GUADALAJARA, S.A., el Contrato para la Prestación del Servicio de Atención Médica de Segundo Nivel en las Especialidades de Gíneco-Obstetricia y Cirugía General.
El quehacer de la administración pública, es regular los procesos de vida entre los derechos y libertades de los ciudadanos, mantener el equilibrio entre los mismos (Guía Anticorrupción SEDIS); así como, entre otras soberanías. Para lograr dicho equilibrio, es que la administración pública, representada por el Gobernador del Estado, el Mtro. Aristóteles Sandoval Díaz, se hace llegar de personas que respondan al servicio público, que no está por demás el señalar y enfatizar que los servicios públicos son un derecho constitucional.
El Manual de Servicios en su calidad de instrumento administrativo, tiene los siguientes
objetivos:
Describir los servicios vitales de la dependencia especificando sus estándares de calidad,
así como difundirlos entre la población en general.
Proporcionar a las áreas encargadas de atender al público un documento que sirva de
guía para informar y orientar correcta y oportunamente a los usuarios de los servicios.
Extractar en forma ordenada, secuencial y detallada las operaciones que se desarrollan en
el proceso de otorgar los servicios.
Delimitar las responsabilidades operativas para la ejecución, control y evaluación de los
servicios.
Definir los estándares de calidad de los procesos de trabajo.
Establecer las políticas y lineamientos generales que deberán observarse al otorgar los
servicios.
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