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Sistema de información web

María del Rayo Guzmán López

Domicilio: 
Av. Hidalgo 1435, Piso 6, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco
Teléfono(s): 
30-30-06-03 / 30-30-06-00 Ext. 56604, 56603
Fecha de ingreso: 
01 de Marzo de 2003
Atribuciones: 
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 43. La Dirección General de Administración tendrá las siguientes atribuciones: I. Establecer las políticas, normas, métodos y procedimientos administrativos para la organización y funcionamiento de la Secretaría; II. Coordinar y someter a la consideración del Secretario, los anteproyectos del presupuesto anual de la Secretaría, previo consenso con las Direcciones Generales; III. Planear, tramitar, organizar, dirigir y ejecutar los sistemas y procesos administrativos, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría y dependencias competentes; IV. Llevar la administración de los recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales de la Secretaría, así como el registro y control de los mismos; V. Formular, coordinar, tramitar y ejecutar el pago de los sueldos y prestaciones al personal de la Secretaría, así como el pago de los proveedores de bienes y servicios; VI. Atender, aprobar y controlar las adquisiciones de bienes y servicios, en su caso, que las unidades administrativas soliciten, para llevar a cabo sus programas, observando la normatividad vigente; VII. Acordar con el Secretario, la autorización de los nombramientos de los servidores públicos de la Secretaría coordinando la integración de los puestos del personal, de acuerdo a las necesidades de todas las áreas, llevar el registro de plazas autorizadas en el presupuesto; VIII. Llevar el registro y control de las altas, bajas, movimientos de personal y la autorización de las solicitudes de permisos y licencias, así como promover la capacitación institucional y especializada del personal de la Secretaría; IX. Intervenir, en coordinación con la Dirección Jurídica, en los asuntos que en materia laboral se susciten en la Secretaría; X. Promover y coordinar la elaboración y actualización de los manuales administrativos; XI. Verificar que todas las actividades administrativas que se realicen en la Secretaría, se efectúen con apego a las leyes, normas y procedimientos de Gobierno del Estado, así como cualquier otra disposición aplicable que corresponda; XII. Integrar y coordinar los programas de seguridad e higiene en el trabajo y de protección civil; XIII. Brindar asistencia y soporte técnico a los usuarios de equipos eléctricos y de cómputo de la Secretaría, para la correcta operación y buen desempeño de los equipos; XIV. Programar y llevar a cabo mantenimientos preventivos y correctivos a los equipos de cómputo de la Secretaría; XV. Proporcionar mantenimiento a los servicios de red, voz y datos de la Secretaría; XVI. Actualizar, supervisar y dar soporte a los sistemas de cómputo que operan en la Secretaría para lograr un funcionamiento óptimo; XVII. Validar, en su ámbito de atribuciones, la adquisición de equipos de cómputo y electrónicos con la finalidad de que estos se apeguen a las necesidades de las actividades que desempeñan los usuarios de la Secretaría; y XVIII. Las demás que le sean conferidas por delegación y por las disposiciones legales aplicables en la materia. Artículo 44. La Dirección General de Administración contará con las siguientes unidades administrativas: I. Dirección de Recursos Materiales y Financieros; II. Dirección de Área de Recursos Humanos; y III. Dirección de Área de Recursos Digitales.
Curriculum: 
AdjuntoTamaño
PDF icon curricula_2.pdf323.37 KB
Captura agenda: 
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