El Consejo Técnico del SIAPA es un organismo colegiado de carácter permanente,
responsable de asesorar respecto a las acciones en materia de agua y saneamiento que
correspondan al Organismo y tendrá a su cargo:
I. Estudiar, analizar y formular propuestas dirigidas a mejorar la prestación de los servicios de agua
potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales en el territorio
comprendido por los Municipios que integran el Organismo; y
II. Brindar asesoría en cuanto a los servicios en mención y a las obras requeridas para la mejor
prestación de los mismos.
Como órgano consultivo y auxiliar, según lo previsto en la cláusula vigésima segunda
del Convenio, el Consejo coadyuvará, mediante la participación experta de técnicos en la materia y
de los diferentes Gobiernos Municipales asociados, en la toma de decisiones técnicas
responsables y correctamente sustentadas por parte del Organismo para la prestación de sus
servicios. Consgta de 25 artículos, más uno transitorio.
El presente Reglamento tiene por objeto determinar la naturaleza jurídica del
Consejo Estatal para la Planeación de la Educación Superior contemplado en el artículo 72 de
la Ley de Educación del Estado de Jalisco, como un órgano colegiado de consulta, asesoría,
análisis y opinión en materia de educación superior en esta Entidad Federativa. Cuenta con 32 artículos, más transitorios.
Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público y tienen por objeto
reglamentar el artículo 6º-Ter de la Ley para el Desarrollo Integral del Adulto Mayor del Estado de
Jalisco, en materia del otorgamiento de la pensión económica a los adultos mayores. Consta de 57 artículos, más transitorios.
Todo Servidor Público, que ingrese a los talleres, durante su permanencia dentro del Centro de
Capacitación deberá portar su gafete de identificación.
El Coordinador responsable o Instructor deberá firmar la hoja de resguardo por el equipo e
instalaciones recibidas.
El Coordinador del evento que solicita el uso de las instalaciones del Centro de Capacitación,
será el responsable del equipo y mobiliario que se les proporcionen, así mismo responderá en caso
de algún daño.
El refrigerio de los eventos de la (sic) Programa Institucional será proporcionado por la
Dirección de desarrollo de Personal, cuando sean eventos organizados por otras dependencias
serán ellas quien lo proporcionen.
Al finalizar el Coordinador responsable entregará el aula a una persona de la Dirección de
Desarrollo de Persona...principalmente.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, es un organismo
público autónomo de carácter permanente, autoridad en la materia electoral, dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y
profesional en su desempeño, el cual tiene como objetivos, entre otros, la vigilancia en el ámbito
electoral, del cumplimiento de la Constitución Política y del Código Electoral y de Participación
Ciudadana, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, y demás ordenamientos que garanticen
el derecho de organización y participación política de los ciudadanos.
Las disposiciones contenidas en este Reglamento son de observancia obligatoria para todos los
órganos y servidores públicos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de
Jalisco, así como para los partidos políticos registrados y acreditados ante el citado Instituto
respecto de las obligaciones que en materia de transparencia establece el Código Electoral y de
Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
El presente Reglamento tiene como propósito coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos que
establece el artículo 4 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco en
el ámbito de la competencia del Instituto Electoral, así como hacer efectivo lo dispuesto en el
artículo 71 del Código, y que los partidos políticos cumplan con las obligaciones que en materia de
transparencia establece el Código. El presente Reglamento consta de 40 artículos, más tansitorios.
Este reglamento norma la organización y funcionamiento de la Unidad Editorial del
Gobierno de Jalisco, adscrita a la Secretaría General de Gobierno y determina las relaciones de trabajo
de los funcionarios y empleados de la misma, de conformidad con las leyes de la materia.
Corresponden a la UNED los siguientes objetivos:
I. Evitar la dispersión de las labores editoriales del Estado;
II. Lograr una imagen a través del diseño de impresos, uniformes y útiles que requiera la
administración; y
III. Crear y difundir una línea editorial, en volúmenes, series y colecciones, de arte, ciencia y
divulgación cultural. Este Reglamento consta de 12 artículos, más transitorios.
Teléfono(s):
01 (387) 763-1919- ext 107
Teléfono(s):
01 (387) 763-1919 ext 107
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