Artículos aplicables: Todo el ordenamiento. Última reforma: al artículo 26 aprobada en sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 20-05-2010 y publicada el 24-05-2010 en el Suplemento de la Gaceta Municipal.
El documento aquí presentado está en revisión, actualización y validación para que correspondan a los procesos de la nueva estructura de las Dependencias con base en los artículos Sexto y Octavo Transitorios de la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco establecida mediante el decreto número 24395/LX/13 y publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el miércoles 27 de febrero de 2013.
El documento aquí presentado está en revisión, actualización y validación para que correspondan a los procesos de la nueva estructura de las Dependencias con base en los artículos Sexto y Octavo Transitorios de la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco establecida mediante el decreto número 24395/LX/13 y publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el miércoles 27 de febrero de 2013.
Tipo del Documento:
MANUAL DE INDUCCIÓN Y BIENVENIDA
Artículos aplicables: Todo el ordenamiento. Última publicación en el DOF el 30-05-2000.
La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y
gestión integral de residuos, en el territorio nacional.
Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de
toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la
generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos
urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su
remediación, Consta de 125 artículos, más transitorios.
Artículos aplicables: Todo el ordenamiento. Última publicación en el DOF el 21-02-2005.
Artículos aplicables: Todo el ordenamiento. Última Reforma: DECRETO por el cual se forman los artículos 30 ; primer párrafo del artículo 31; el artículo 31-Bis; el inciso e) de la fracción I del artículo 85; el primer párrafo del artículo 93; las fracciones XXXI y XXXII y el párrafo segundo del artículo 225; los artículos 260 y 261; las fracciones III y IV del artículo 316; el artículo 323; la denominación del capítulo V, para queda como “Feminicidio”, del título decimonoveno del libro segundo, así como su artículo 325; y los artículos 343 Bis 343 Ter. Se adicionan el párrafo tercero en el artículo 107 Bis; el título tercero bis, denominado “Delitos contra la dignidad de las personas”, con un capítulo único, con la denominación “Discriminación”, integrado por el artículo 149 Ter; el capítulo III, con la denominación “Delitos contra los derechos reproductivos”, al título séptimo, llamado “Delitos contra la salud”, así como sus artículos 199 Ter, 199 Quáter, 199 Quintus y 199 Sextus; las fracciones XXXIII y XXXIV al artículo 225; las fracciones V, VI y VII al artículo 316; el capítulo III Ter al título vigésimo segundo del libro segundo, para denominarse “Fraude familiar”, con su artículo 390 Bis. Y se derogan los párrafos segundo y tercero del artículo 272; el artículo 310 y los artículos 365 y 365 Bis, todos del Código Penal Federal, publicado en el DOF el 04-06-12.
La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras
públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas. Consta de 104 artículos, más transitorios.
La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico,
así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce
su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto
propiciar el desarrollo sustentable, entre otros. Consta dee 204 artículos, más transitorios.
Los Manuales de Organización y Procedimientos (MOP) son instrumentos administrativos esenciales para la gestión pública porque hacen visible la operación de las entidades gubernamentales, y porque hacen evidente la conexión de su estructura organizacional con sus usuarios internos y externos, a través de las atribuciones que generan procesos, procedimientos y actividades específicas. Estos manuales son resultado de un exhaustivo trabajo de investigación, recopilación, análisis, sistematización y validación -- individual y colectiva-- de la información que permite formalizar las prácticas administrativas de las dependencias y organismos públicos.
Los juicios que se promuevan ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, se regirán por las disposiciones de esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados
internacionales de que México sea parte. A falta de disposición expresa se aplicará supletoriamente el
Código Federal de Procedimientos Civiles, siempre que la disposición de este último ordenamiento no
contravenga las que regulan el juicio contencioso administrativo federal que establece esta Ley.
Cuando la resolución recaída a un recurso administrativo, no satisfaga el interés jurídico del
recurrente, y éste la controvierta en el juicio contencioso administrativo federal, se entenderá que
simultáneamente impugna la resolución recurrida en la parte que continúa afectándolo, pudiendo hacer
valer conceptos de impugnación no planteados en el recurso. Consta de 79 artículos, más transitorios.
Páginas