Ley de Mecenazgo Cultural del Estado de Jalisco
Esta ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular el mecenazgo destinado a incentivar la participación en el financiamiento de proyectos culturales.
Esta ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular el mecenazgo destinado a incentivar la participación en el financiamiento de proyectos culturales.
La tutoría como soporte al área académica tiene los siguientes objetivos: a)Motivar a los alumnos para que tomen conciencia de su papel de estudiantes, y que una preparación sólida tanto humana como técnica es la base de su desarrollo profesional. b)con lo anterior, contribuir a la disminución los índices de reprobación, rezago y deserción. c) Al final de los estudios de ingeniería y licenciatura, motivarlos y orientarlos para que obtengan, lo más pronto posible, el título y cédula profesional. Consta de 25 artículos.
Los alumnos serán admitidos y permanecerán en el interior de los laboratorios sólo bajo la supervisión de un profesor y/o jefe de oficina responsable de grupo. El Profesor responsable anotará en la bitácora de registro los datos correspondientes del laboratorio y equipo que utilizará para la realización de la práctica. Consta de 25 artículos.
El presente reglamento tiene como objetivo establecer los lineamientos para la preservación y aprovechamiento de la infraestructura informática así como del comportamiento y utilización de equipo aplicable para todos los usuarios de la Universidad Politécnica de la ZMG.
Biblioteca: No se permite el paso con mochilas, ni el ingreso de alimentos o bebidas. Hacer un adecuado uso del equipo y mobiliario. Se debe guardar silencio en la biblioteca, para no afectar a otros usuarios, entre otros.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 5o., párrafo cuarto, última parte, que los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que ésta señale. Consta de 42 artículos, más transitorios.
Los estudios superiores a nivel licenciatura que imparta la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara se sujetarán a lo dispuesto en el presente Reglamento, al Modelo Educativo del Subsistema de Universidades Politécnicas y demás normatividad aplicable. Consta de 142 artículos, más transitorios.
El presente reglamento tiene por objeto establecer las bases y señalar los lineamientos para llevar a cabo las Estancias y Estadías de los alumnos de la Universidad Politécnica de la zona Metropolitana de Guadalajara, como parte de su formación en los sectores productivos. Consta de 23 artículos, más transitorios.