Se abroga el diverso 9765, que contiene la Ley para el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado en la Zona Metropolitana
(SIAPA), publicada el 20 de abril de 1978 en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, y se
decreta la extinción de dicho organismo.
El presente convenio tiene por objeto establecer como esquema para la prestación de los
servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, el de
asociación intermunicipal entre “Los Municipios”.
Se crea un Organismo Público Descentralizado Intermunicipal denominado “Sistema Intermunicipal para los
Servicios de Agua Potable y Alcantarillado”, SIAPA, al que se hará referencia en el presente
instrumento como SIAPA.
El SIAPA se constituye como un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propios y
tiene el carácter de organismo fiscal autónomo respecto de los adeudos de los usuarios morosos.
La presente Ley tiene por objeto regular los principios de equilibrio, sostenibilidad financiera y responsabilidad hacendaria, así como regular las acciones relativas a la programación financiera, presupuestaron, ejercicio, contabilidad, control, vigilancia, transparencia y evaluación del desempeño del gasto público estatal.
Los ingresos que la Hacienda Pública del Estado percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2015, deberán ser los que se obtengan por los conceptos y en las cantidades estimadas, como Impuestos, Impuestos sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones, Impuesto sobre Nóminas y Asimilables, otros impuestos, Accesorios Generados por Adeudos de Impuestos, entre otros. Consta de 53 artículos, más transitorios.
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