Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios
La presente ley es de orden público, de observancia general y obligatoria para los titulares y servidores públicos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos y sus dependencias, así como para los organismos públicos descentralizados del Poder Ejecutivo del Estado y de los Municipios, empresas o asociaciones de participación estatal o municipal mayoritaria, en que por leyes, decretos, reglamentos o convenios llegue a establecerse su aplicación.
En el caso de organismos públicos descentralizados que tengan como antecedente acuerdos de coordinación para la descentralización celebrados con el Gobierno Federal, los trabajadores de estos organismos se regirán por lo dispuesto en los acuerdos respectivos, sujetándose, en lo conducente, a lo dispuesto por la ley que corresponda.
Expedición:
Jueves, Marzo 22, 1984
Vigencia:
Sábado, Junio 16, 1984
Publicación:
Sábado, Abril 7, 1984
Tipo del Documento:
LEY
Número de páginas:
59
Dependencia / Organismo:
Autor: Anónimo (no verificado) - Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
Fecha de actualización: 14/11/2022 - 22:52:33