El presente reglamento tiene por objeto proveer en la esfera administrativa, la exacta
observancia de las disposiciones contenidas en la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado en materia de: planeación, programación, presupuestación, ejercicio,
contabilidad, control, vigilancia y evaluación del gasto público estatal, siendo sus disposiciones de
carácter obligatorio para las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Gobierno del
Estado. Este reglamento consta de 33 artículos, más transitorios.
El presente ordenamiento tiene por objeto regular la aplicación de los exámenes que
presenten los aspirantes a obtener la patente de aspirante al ejercicio del notariado y el fíat de
notario público, así como el procedimiento para el otorgamiento de dichos nombramientos.
Es facultad exclusiva del titular del Poder Ejecutivo expedir, mediante acuerdo, el
nombramiento definitivo de los notarios públicos.
La expedición o denegación de la patente de aspirante al ejercicio del notariado se sujetará a lo
establecido en el artículo 18 de la Ley, además de lo previsto en el presente Reglamento. El presente Reglamento consta de 66 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento mediante el cual los
notarios públicos podrán remitir al Archivo de Instrumentos Públicos y a la Procuraduría Social,
según corresponda, los duplicados y avisos notariales que establece la Ley del Notariado del
Estado de Jalisco. El presente Reglamento cuenta con 15 artículos, más transitorios.
El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley del Agua para el Estado
de Jalisco y sus Municipios, así como establecer las disposiciones normativas que sirvan de
referencia a los ayuntamientos y Organismos Operadores para la prestación de los servicios
públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de las aguas
residuales, y para aprobar y expedir los reglamentos y disposiciones para la constitución,
integración y operación de sus respectivos Consejos Tarifarios en los términos previstos en la Ley,
a efecto de promover y hacer efectivo el derecho al agua potable y el saneamiento como un
derecho humano. Asimismo, en términos del artículo 21 de la citada Ley, normar la estructura
orgánica y funcionamiento de la Comisión. Este Reglamento consta de 119 artículos, más transitorios.
El presente reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones normativas de la
Ley de Promoción y Desarrollo Artesanal del Estado de Jalisco, a efecto de facilitar su ejecución y
observancia en la esfera administrativa.El presente Reglamento consta de 27 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento es de orden e interés social y de observancia general en el
Estado en los términos establecidos en la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco y este
ordenamiento, y tiene por objeto regular la forma y el destino de las aportaciones para la vivienda
que realiza el Gobierno del Estado a la Dirección de Pensiones del Estado. El presente Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el trámite y el procedimiento para
obtener, refrendar y, en su caso, revocar la incorporación de escuelas particulares que impartan
educación inicial, básica, media superior, y la concerniente a la formación, actualización, capacitación y superación de docentes de educación básica, así como de capacitación para el trabajo, en cualquiera de sus niveles y modalidades que establezca la Ley. Este Reglamento consta de 71 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto:
I. Regular las atribuciones del Consejo Técnico Catastral del Estado;
II. Reglamentar los preceptos de la Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco, en el
ámbito de competencia del Poder Ejecutivo; y
III. Establecer las disposiciones en materia de gestión del catastro, que podrán ser adoptadas
por los municipios en donde no exista disposición reglamentaria para tal fin, sin perjuicio de lo
establecido por la fracción I, del artículo 16 de la Ley. El presente Reglamento consta de 89 artículos, más uno transitorio.
El presente reglamento tiene por objeto regular la integración, organización y
funcionamiento general de la Comisión Intersecretarial para los Fondos de la Seguridad Pública,
como órgano de coordinación, decisión y consulta en la administración de los recursos financieros
destinados a la seguridad pública que deriven de la suscripción de los convenios de coordinación o
adhesión que se celebren con la federación y tendrá las facultades que se le reconocen en este
reglamento y las demás que se deriven de otras disposiciones jurídicas. Este Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.
La Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia del Estado de Jalisco, será el organismo estatal coordinador entre las dependencias
federales, estatales y municipales en el diseño y ejecución de políticas públicas, programas y
acciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia. El presente Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.
Páginas