Compra Directa Material Consumible para impresoras
Adquisición por fondo revolvente de material consumible para el Departamento de Sistematización de pagos.
Adquisición por fondo revolvente de material consumible para el Departamento de Sistematización de pagos.
El presente reglamento tiene por objeto proveer en la esfera administrativa, la exacta observancia de las disposiciones contenidas en la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado en materia de: planeación, programación, presupuestación, ejercicio, contabilidad, control, vigilancia y evaluación del gasto público estatal, siendo sus disposiciones de carácter obligatorio para las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado. Este reglamento consta de 33 artículos, más transitorios.
El presente ordenamiento tiene por objeto regular la aplicación de los exámenes que presenten los aspirantes a obtener la patente de aspirante al ejercicio del notariado y el fíat de notario público, así como el procedimiento para el otorgamiento de dichos nombramientos. Es facultad exclusiva del titular del Poder Ejecutivo expedir, mediante acuerdo, el nombramiento definitivo de los notarios públicos. La expedición o denegación de la patente de aspirante al ejercicio del notariado se sujetará a lo establecido en el artículo 18 de la Ley, además de lo previsto en el presente Reglamento. El presente Reglamento consta de 66 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento mediante el cual los notarios públicos podrán remitir al Archivo de Instrumentos Públicos y a la Procuraduría Social, según corresponda, los duplicados y avisos notariales que establece la Ley del Notariado del Estado de Jalisco. El presente Reglamento cuenta con 15 artículos, más transitorios.
El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios, así como establecer las disposiciones normativas que sirvan de referencia a los ayuntamientos y Organismos Operadores para la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de las aguas residuales, y para aprobar y expedir los reglamentos y disposiciones para la constitución, integración y operación de sus respectivos Consejos Tarifarios en los términos previstos en la Ley, a efecto de promover y hacer efectivo el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano. Asimismo, en términos del artículo 21 de la citada Ley, normar la estructura orgánica y funcionamiento de la Comisión. Este Reglamento consta de 119 artículos, más transitorios.
El presente reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones normativas de la Ley de Promoción y Desarrollo Artesanal del Estado de Jalisco, a efecto de facilitar su ejecución y observancia en la esfera administrativa.El presente Reglamento consta de 27 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento es de orden e interés social y de observancia general en el Estado en los términos establecidos en la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco y este ordenamiento, y tiene por objeto regular la forma y el destino de las aportaciones para la vivienda que realiza el Gobierno del Estado a la Dirección de Pensiones del Estado. El presente Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el trámite y el procedimiento para obtener, refrendar y, en su caso, revocar la incorporación de escuelas particulares que impartan educación inicial, básica, media superior, y la concerniente a la formación, actualización, capacitación y superación de docentes de educación básica, así como de capacitación para el trabajo, en cualquiera de sus niveles y modalidades que establezca la Ley. Este Reglamento consta de 71 artículos, más transitorios.
El presente Reglamento tiene por objeto: I. Regular las atribuciones del Consejo Técnico Catastral del Estado; II. Reglamentar los preceptos de la Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo; y III. Establecer las disposiciones en materia de gestión del catastro, que podrán ser adoptadas por los municipios en donde no exista disposición reglamentaria para tal fin, sin perjuicio de lo establecido por la fracción I, del artículo 16 de la Ley. El presente Reglamento consta de 89 artículos, más uno transitorio.
El presente reglamento tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento general de la Comisión Intersecretarial para los Fondos de la Seguridad Pública, como órgano de coordinación, decisión y consulta en la administración de los recursos financieros destinados a la seguridad pública que deriven de la suscripción de los convenios de coordinación o adhesión que se celebren con la federación y tendrá las facultades que se le reconocen en este reglamento y las demás que se deriven de otras disposiciones jurídicas. Este Reglamento consta de 10 artículos, más transitorios.